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Certificación ESG y ODS: Por qué es esencial confiar en un tercero acreditado

Certificación ESG y ODS: Por qué es esencial confiar en un tercero acreditado

Sábado 19 de abril de 2025

La creciente importancia de las obligaciones ESG y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) está generando una creciente demanda de rigor en la información no financiera. Esta demanda se sustenta en un principio fundamental: solo la información objetiva, verificable y trazable es aceptable en los informes y publicaciones corporativas. En este contexto, la certificación de un organismo acreditado se convierte tanto en una herramienta estratégica como en una herramienta de cumplimiento.

1. De la declaración a la demostración: el papel central de la certificación

Las obligaciones ESG y ODS ya no son una cuestión de acción voluntaria. Forman parte de un conjunto coherente de regulaciones europeas (CSRD, SFDR, taxonomía verde) que exigen la elaboración de indicadores precisos, comparables y fiables. La directiva CSRD, en particular, estipula la obligación de que las grandes empresas verifiquen externamente su información de sostenibilidad mediante una organización externa independiente a partir de 2025.

Este requisito implica un avance en la experiencia metodológica. Exige una distinción clara entre las declaraciones internas y las evaluaciones imparciales, realizadas por un organismo de evaluación de la conformidad (OEC) acreditado, según lo definido en las normas establecidas por la Cofrac.

2. La exigencia de verificabilidad consagrada en el Derecho francés y europeo

El artículo L433-3 del Código de Consumo francés, junto con los artículos R433-1 y siguientes, regula la certificación de productos, servicios y procesos. Para que la certificación sea legalmente vinculante, debe ser realizada por un organismo acreditado. En el ámbito ESG (Ambiental, Social y de Gobernanza), este requisito se traduce en la certificación de conformidad con las normas sectoriales, acompañada de un informe emitido bajo acreditación.

De acuerdo con la norma NF EN ISO/IEC 17065, la acreditación de una organización como IRICE garantiza la competencia, imparcialidad e independencia de la evaluación realizada. Esta acreditación la otorga Cofrac (Acreditación Cofrac n.º 5-0655 Certificación de Productos, Procesos y Servicios - Alcance disponible en www.cofrac.fr ), organismo nacional reconocido por el Decreto n.º 2008-1401 del 19 de diciembre de 2008.

3. Alineación estratégica con la taxonomía europea y los ODS

Un número creciente de actores económicos estructura sus compromisos en torno a los ODS. Sin embargo, los ODS por sí solos no constituyen un marco normativo. Su implementación operativa requiere un marco de interpretación técnica, que solo la certificación puede garantizar.

La taxonomía verde europea exige que cualquier declaración de sostenibilidad se demuestre mediante criterios técnicos. Esta lógica se aplica a todos los mecanismos de financiación sostenible (bonos verdes, etiquetas ISR, etc.), donde la trazabilidad de los impactos se convierte en un requisito de elegibilidad.

La certificación acreditada se convierte entonces en el método estructurante de la prueba, garantizando la integridad y la legibilidad de los datos para las partes interesadas (inversores, autoridades públicas, sociedad civil).

4. Crecientes exigencias regulatorias: doctrina AMF y CSRD

La Autoridad Francesa de los Mercados Financieros (AMF) regula estrictamente la publicación de información no financiera. En su documento de política (DOC-2016-13), exige que esta información sea verificable, objetiva, equilibrada y comparable. En la práctica, esto exige la validación externa de cualquier declaración pública, en particular al comunicarse con inversores o publicar informes ESG.

La directiva CSRD refuerza este requisito: las auditorías de datos de sostenibilidad serán obligatorias, realizadas por una organización externa independiente acreditada para esta tarea. Por lo tanto, recurrir a un organismo de certificación acreditado constituye un elemento de cumplimiento proactivo de esta directiva.

5. IRICE: un certificador externo acreditado para procesos ESG/ODS

IRICE está acreditado por Cofrac (Acreditación Cofrac n° 5-0655 Alcance de la certificación de productos, procesos y servicios disponible en www.cofrac.fr ) según la norma NF EN ISO/IEC 17065 para la certificación de productos, servicios y procesos, en particular en el ámbito de los criterios medioambientales, sociales y de gobernanza.

La acreditación abarca, en particular, la certificación de marcos que integran los ODS y los criterios ESG en proyectos de construcción, renovación, desarrollo y operación. Este reconocimiento acredita la competencia técnica, el rigor de las auditorías y la independencia del proceso de evaluación.

Los informes emitidos por IRICE bajo esta acreditación se consideran conformes con los requisitos de la norma ISO 17065 y las normas de Cofrac (Acreditación Cofrac n.º 5-0655, Certificación de Productos, Procesos y Servicios - Alcance disponible en www.cofrac.fr ). Únicamente estos informes podrán utilizarse en procedimientos regulatorios o para su publicación pública.

Conclusión

A medida que los compromisos ESG se traducen en obligaciones regulatorias, la certificación se convierte tanto en una herramienta de cumplimiento como en una herramienta estratégica. Para propietarios de proyectos, autoridades locales, gestores de activos y empresas industriales, confiar en un organismo acreditado como IRICE garantiza la integridad de los compromisos adquiridos, garantiza las declaraciones públicas y protege contra los riesgos del lavado de imagen verde.

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